Histórico veredicto en San Martín por los ''vuelos de la muerte''

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Fueron condenados a prisión perpetua cuatro ex militares. El testimonio de conscriptos y otras evidencias permitieron reconstruir el circuito del horror. Además, se dictó una medida de reparación: remitir testimonios del debate al diario Clarín para que modifique una nota que publicó en plena dictadura.

En un veredicto de un juicio histórico desarrollado ante el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín, este lunes 4 fueron condenados a prisión perpetua en cárcel común los cuatro ex militares juzgados en los llamados “vuelos de la muerte”, en los cuales la última dictadura cívico-militar del período 1976-1983 asesinó a personas secuestradas en Campo de Mayo.

En su veredicto, el Tribunal anunció las penas para Luis Del Valle Arce, Eduardo Lance, Ángel Delcis Malacalza y Santiago Omar Riveros, tras encontrarlos culpables de los delitos de allanamientos ilegales y del secuestro, tormentos y homicidio de Adrián Enrique Accrescimbeni, Juan Carlos Rosace, Rosa Eugenia Novillo Corvalán y Roberto Ramón Arancibia.

Asimismo, los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini ordenaron que el Cuerpo Médico Forense realice informes sobre el estado de salud de los condenados para analizar si pueden ser enviados a unidades penales y así revocar la prisión domiciliaria de la que gozan.

Un detalle novedoso que surgió del veredicto lo constituyó una medida de reparación dictada a pedido del fiscal Marcelo García Berro y su ayudante Mercedes Soiza Reilly, consistente en remitir testimonios del debate al diario Clarín para que modifique una nota que publicó en plena dictadura.

Ese diario había difundido el 24 de noviembre de 1977 una nota titulada “Buscan a familiares de dos niños abandonados”, cuando en realidad esos menores no habían sido abandonados sino que sus padres, Roberto Arancibia y su pareja, habían sido secuestrados y desaparecidos por la dictadura.  

Logramos ponerle nombre a los responsables de los vuelos de la muerte del Ejército”, destacó tras el veredicto el abogado querellante Pablo Llonto, ante el medio comunitario “La Retaguardia”, que transmitió las audiencias por su canal de YouTube. El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla, también asistió al veredicto del juicio oral que comenzó en octubre de 2020.


La reconstrucción probatoria del aparato represivo

A partir de la declaración de exsoldados conscriptos, el fiscal había confirmado en su alegato que desde Campo de Mayo partieron los aviones y helicópteros con los que el Batallón de Aviación 601 arrojó prisioneros al mar y al Río de la Plata.

García Berro analizó en su exposición las capacidades de transporte, autonomía de vuelo, posibilidades de lanzamiento de carga y las opciones de nocturnidad de cada avión, así como las tareas que cumplieron los pilotos, dependientes de la plana mayor del Batallón de Aviación.  

Si bien de los informes aportados por el Ministerio de Defensa surgía que eran varias las aeronaves a disposición de aquella unidad militar durante el período comprendido entre 1976 y 1977, muy pocas reunían las características para transportar a una determinada cantidad de pasajeros, volar con instrumental nocturno, tener autonomía suficiente de vuelo y despegar sin puertas, o poder abrirlas en vuelo. 

Así, se procedió a identificar a los aviones de transporte Twin Otter DHC-6, y los Aeritalia G 222 FIAT, junto con unos helicópteros Bell UH-1H. 

De acuerdo a los informes incluidos en la causa, se supo que los aviones Twin Otter comprados por el Ejército fueron cuatro, y que tanto por la fecha de compra como por el destino de las demás aeronaves, se individualizó que la utilizada en Campo de Mayo para los "vuelos de la muerte" tenía el código AE 258. Por este motivo, el fiscal solicitó que se investigue la responsabilidad de los pilotos directamente implicados en los vuelos realizados por este avión. 

El mismo informe, proveniente del relevamiento de archivos del Ministerio de Defensa señaló que algunos de los oficiales que piloteaban este avión llevaban ellos mismos prisioneros y prisioneras a la nave durante el año 1976. 

Respecto a la utilización del avión en los “vuelos de la muerte", un testigo declaró que al Twin Otter se lo denominaba “El Verdugo” porque trasladaba prisioneros para ser arrojados al mar. 

El mismo testigo declaró que el avión llevaba una puerta de lona, y que cuando preguntó a qué se debía le dijeron que era para tirar paracaidistas, pero aseguró haber visto que la carga era de personas moribundas. 

García Berro evocó en su exposición el testimonio de otro soldado que, estando de guardia, aseguró haber visto una camioneta que se dirigía hacia la pista de despegue en cuyo interior había gente esposada y encadenada. 

Otro de los testigos detalló que las aeronaves realizaban tareas irregulares, que se las preparaba por la madrugada y que en varias ocasiones le tocó limpiar manchas de sangre fresca en el interior de su habitáculo. 

Con el veredicto histórico de este lunes 4 de julio se hizo justicia con todas esas víctimas del período más abominable de la historia argentina.