Condenan a tres médicos por la muerte de Alejandro Cohn

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El juez consideró que los acusados cometieron un “homicidio culposo” en perjuicio del hermano menor del reconocido cineasta de Villa Ballester. Otros tres profesionales fueron absueltos. “Se está comenzado a ver que hay una esperanza de justicia y cambio”, afirmó el cineasta tras el veredicto.

“Creo que se está haciendo justicia, de a poco vamos a llegar a la verdad”, aseguró el cineasta Mariano Cohn, de Villa Ballester, tras escuchar ayer viernes 28 el veredicto anunciado en los Tribunales de San Isidro, donde se condenó a tres médicos por el homicidio culposo de su hermano menor Alejandro, de 35 años, ocurrido en el Hospital Municipal de San Isidro el 29 de julio de 2015.

“No caben dudas de que la muerte de Alejandro Cohn fue por una encefalopatía hipóxico isquémica que se produjo por la falta de oxígeno en el cerebro”, señaló el juez Facundo Ocampo al fundamentar su decisión.

Para el magistrado titular del Juzgado Correccional N° 4 de San Isidro, la víctima, que había ingresado al Hospital Central de San Isidro por una descompensación diabética en la vía pública, sufrió una “desatención primaria” que derivó en su posterior fallecimiento.

El juez condenó al médico de la ambulancia, Marcelo Rodrigo Toro Solano, a tres años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación especial para ejercer la medicina. El imputado quedará en libertad hasta que quede firme el fallo, aunque quedó obligado a permanecer en el país para evitar riesgos de fuga y a concurrir al Juzgado una vez por mes.

Asimismo, Ocampo condenó a un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación de la matrícula para las médicas de guardia del sector boxes del Hospital, Ana Sánchez y Carla Setti. Los tres condenados fueron considerados “autores penalmente responsables” del homicidio culposo de Alejandro Cohn.

En cambio, el juez absolvió a los médicos Martín Montagna, María Seijo y María Quiroga, quienes llegaron a la etapa final del proceso acusados por el mismo delito, a diferencia de Maximiliano Ragazzoli, Darío Campos y Marina Vogelin, que ya habían sido absueltos en la audiencia de alegatos.

También ordenó abrir una investigación para determinar cuál fue la conducta de las enfermeras Nancy Flores y Erlith Valverde Rivera, ambas presentes en la guardia al momento del ingreso del joven de 35 años al centro de salud municipal. 

“38 minutos de defectuosa atención”

Según se tuvo por corroborado, Alejandro ingresó el 27 de julio de 2015 a la noche al hospital tras un episodio de hipoglucemia, que lo llevó a detener su moto para vomitar en una calle de la localidad de Martínez. Si bien entró al lugar “lúcido y consciente”, dos días después y, previo traslado al Hospital Italiano de la Ciudad de Buenos Aires, el joven presentó un diagnóstico de muerte cerebral y “varias lesiones de gran magnitud” de las que dio cuenta el juez. 

El debate oral y público se había iniciado el pasado 16 de abril con los nueve médicos del hospital municipal acusados por el delito de “homicidio culposo” y “sustracción de elementos de prueba”, ya que durante la instrucción penal de la fiscal Carolina Asprella no se halló el reporte de enfermería donde se consignan las prácticas médicas realizadas sobre los pacientes. Ese último cargo fue desistido por los acusadores al momento de alegar.

Para el juez Ocampo, los médicos Toro Solano, Sánchez y Setti estaban encargados del sector de boxes adonde fue ingresado Alejandro luego de que el primero de ellos lo trasladara con la ambulancia sin colocarle suero. De acuerdo al veredicto, ninguno de ellos brindó la “atención primaria adecuada” para tratar el cuadro de urgencia clínica que presentaba, y eso llevó a que el joven sufriera “un estado convulsivo” que provocaría luego su muerte encefálica por falta de oxígeno en el cerebro.

“Se acreditó que la guardia estaba a cargo de los tres médicos y que la no atención adecuada de ninguno de ellos es lo que produjo este desenlace ya conocido y por cierto atribuible. En consecuencia, tanto Toro Solano, como Sánchez y Setti tenían la posición de garante que legalmente les competía”, agregó el juez.

“Esta desatención primaria llevó a la descompensación de Alejandro Cohn y su posterior muerte. La cuestión del tiempo era clave porque cuando no llegó oxígeno al cerebro, causó esa hipoxia que concluyó en un daño irreversible”, continuó.

El magistrado habló también de “38 minutos de defectuosa atención” y que “no se hizo nada” de lo que los peritos dijeron que había que hacerse ante un cuadro de descompensación de un paciente diabético tipo 1 insulino dependiente. 

“Se debió colocarle una vía desde la ambulancia”, dijo el juez. “La desatención ocurrió desde la ambulancia hasta su ingreso al shock room”. En ese marco, cargó la mayor responsabilidad sobre Toro Solano por haber tenido contacto con el paciente y no haberle realizado “la atención primaria que correspondía” durante el trayecto en la ambulancia.

“Esto lo tomó como una primera instancia. Se está comenzado a ver que hay una esperanza de justicia y cambio. Acá hay tres médicos que no van a poder seguir atendiendo y ese daño que le hicieron a mi hermano no se lo van a poder causar a otras personas”, expresó Mariano Cohn tras escuchar el veredicto que hizo justicia por Alejandro Cohn.

Fuente: Infobae.